Aplicación del programa de Clemencia (Leniency) en Portugal

Acabamos de asistir en Portugal a la publicación de la norma que desarrolla el nuevo programa de clemencia   establecido en el capítulo VIII de la Ley n º 19/2012 de 8 de mayo (artículos 75 a 82). Concretamente, nos referimos al "Regulamento 1/2013 - Procedimento relativo à tramitação para a obtenção de dispensa ou redução da coima nos termos da Lei n.º 19/2012, de 8 de maio", publicado en el Diario de la República del pasado 3 de enero.

Nos parece un texto que está muy en consonancia con los criterios europeos y españoles del programa de clemencia. No obstante, debemos ser conscientes de que a pesar de que desde un punto de vista teórico  la clemencia es un instrumento provechoso y con grandes beneficios para el descubrimiento y prevención  de cárteles, puede derivarse alguna peligrosa consecuencia (incremento de conductas colusorias por infractores conocedores de la posibilidad de clemencia); por esta razón animamos al país vecino a implementar un sistema exigente de sanciones y órganos de vigilancia que contrarresten los efectos menos positivos de un programa de clemencia.