"Hacia un control más eficaz de las concentraciones en la Unión Europea" (nuevo avance en la reforma del sistema de concentraciones)

Como es sabido, el Derecho de la Competencia prevé un procedimiento especial para controlar ciertas operaciones de concentración de empresas. Ante esta realidad, el Derecho de Defensa de la Competencia actúa como control preventivo para evitar una posible alteración de la libre la competencia en un determinado mercado.

El control sobre las concentraciones de empresas se halla regulado a nivel del Derecho de la Unión Europea tanto en el Reglamento 139/2004 del Consejo, de 20 de enero de 2004, sobre el control de las concentraciones de empresas (DOCE L nº 24, de 29 de enero de 2004) como en el Reglamento 802/2004 de la Comisión, de 7 de abril de 2004 (DOCE L nº 133, de 30 de abril de 2004).

Actualmente, la Unión Europea está estudiando la reforma de este sistema normativo, habiendo hecho público recientemente un Libro Blanco titulado "Hacia un control más eficaz de las concentraciones en la Unión Europea". Asimismo, se han solicitado opiniones de autoridades, empresas y ciudadanos para aportar comentarios relacionados con la reforma proyectada. De acuerdo con lo publicado por la Comisión Europea, las propuestas más interesantes de reforma serían las siguientes:

a) Posibilidad de control de adquisiciones de participaciones minoritarias no dominantes que puedan perjudicar la competencia.

b) Simplificación del procedimiento. Se propone la exclusión de determinadas operaciones no problemáticas del ámbito de aplicación del procedimiento de concentraciones, tales como la creación de empresas comunes que operarían fuera del Espacio Económico Europeo (EEE) y que no tuviesen impacto en los mercados europeos. Se propone asimismo disminuir otros casos no problemáticos que actualmente se tratan en un procedimiento «simplificado», con el objeto de conseguir una reducción de costes y la carga administrativa para las empresas.

c) Fomento de la coordinación entre los Estados miembros con el fin de mejorar la cooperación y evitar decisiones divergentes en las revisiones de fusiones paralelas llevadas a cabo por las autoridades de competencia de varios Estados miembros.