Sanciones en la UE por prácticas restrictivas en el mercado farmacéutico ("pay for delay")

A finales de 2020 la Comisión Europea sancionó nuevamente (recuérdense los asuntos Lundbeck o Servier) por prácticas conocidas como "pay for delay" en el ámbito del mercado farmacéutico, concretamente en relación con el medicamento genérico. La coexistencia de "empresas originarias" (o "innovadoras"), que tienen la exclusiva (patente) respecto a un medicamento por un tiempo limitado, y "empresas de genéricos", que tienen libertad de comercialización del genérico tras la expiración de la patente, implica la existencia de intereses divergentes que en sí es positiva para la competencia. Sin embargo, estos beneficios para la colectividad no lo son siempre para las empresas originarias, cuya exclusividad es temporal. De hecho, en numerosas conductas estudiadas por las Autoridades de la Competencia relacionadas con el mercado farmacéutico subyace la intención de alargar el tiempo de exclusiva que sobre un medicamento tiene la empresa originaria mediante la realización de prácticas que en ocasiones son calificadas como ilícitas, como es el caso del "pay for delay".

La Decisión de la Comisión UE, conocida el 26 de noviembre de 2020, sanciona a dos empresas farmacéuticas  con más de 60 millones de euros por acordar el retraso durante años de la versión genérica de Cephalon (medicamento para tratar trastornos del sueño). Se considera que el acuerdo causó un daño sustancial a los pacientes y sistemas sanitarios de la UE al mantener altos. En este sentido, debe advertirse que la entrada de medicamentos genéricos implica una efectiva bajada de los precios en el mercado relevante, muy positiva para pacientes y Administración, a la vez que genera un marco de competencia deseable; el retraso pactado de su comercialización ("pay for delay") supone un mantenimiento artificial de precios elevados, no derivados del juego competitivo.

Resulta muy interesante la explicación gráfica de la Comisión UE sobre este ilícito: