La Comisión Europea acepta los compromisos de tres compañías aéreas en el mercado de pasajeros de transporte aéreo transatlántico

La Comisión Europea ha aceptado los compromisos ofrecidos por tres compañías aéreas para abordar las preocupaciones de la Comisión en relación con que determinados acuerdos de cooperación pudieran infringir las normas de competencia y perjudicar a los pasajeros en la ruta Frankfurt-Nueva York. 

El origen de estas preocupaciones se remonta al año 2009, que es cuando la Comisión acordó la apertura de dos procedimientos en relación con la cooperación entre algunas compañías aéreas que realizaban rutas transatlánticas. Más concretamente, la Comisión mostró su preocupación respecto a dos clases de acuerdos entre empresas que preveían una coordinación de actividades comerciales, de marketing y de actividades operacionales en las rutas transatlánticas. En este sentido, las empresas implicadas pretendían gestionar conjuntamente horarios, capacidad, precios y gestión de ingresos en las citadas rutas. La Comisión temía que esto pudiese haber dado lugar a precios más altos para los pasajeros en la ruta Frankfurt-Nueva York. Además, existía preocupación por las considerables barreras a la entrada y expansión de los competidores nuevos y existentes habrían sido capaces de desafiar el poder de mercado de las partes.

Las conductas descritas motivaron la atención de la Comisión, que temía que la cooperación de las aerolíneas pudiera infringir las normas defensa de la competencia de la UE (artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que prohíbe los acuerdos contrarios a la competencia). Ante esta preocupación de la Comisión, a finales de 2012 las empresas implicadas ofrecieron determinados compromisos, con el fin de aliviar los problemas de competencia de la Comisión. Una vez consultados los interesados sobre los citados compromisos, las compañías aéreas propusieron modificaciones.

Los compromisos aceptados por la Comisión se concretan en la realización de franjas horarias en los aeropuertos de Frankfurt y Nueva York y llegar a acuerdos con los competidores para que éstos puedan acceder a dicho mercado. En este sentido, las partes se ofrecen a firmar acuerdos que permitan a los competidores ofrecer billetes y para obtener un mejor acceso al tráfico; debe aclararse que uno de los problemas para la entrada de nuevos competidores era precisamente la escasez de franjas horarias para aterrizajes y despegues. Por último, las partes se comprometieron a presentar los datos relativos a su cooperación, lo que facilitará la evaluación del impacto de la alianza en el mercado a través del tiempo. Como resultado de todo esto, se afirma que la competencia en la ruta Frankfurt-Nueva York va a mejorar. 

Después de haber consultado a las partes interesadas a través de una prueba de mercado, la Comisión ha hecho de estos compromisos jurídicamente vinculantes para las tres aerolíneas por un período de diez años.