Prórroga del Reglamento de exención sobre vehículos a motor y actualización de sus Directrices complementarias

La Comisión Europea ha prolongado la aplicación de la Regulación de Exención por Categorías de Vehículos a Motor durante cinco años, extendiendo su vigencia hasta el 31 de mayo de 2028 (aquí). Asimismo, se han actualizado las Directrices Suplementarias para el sector automotriz con el objetivo de permitir a las empresas del sector evaluar la compatibilidad de sus acuerdos verticales con las normas de competencia de la Unión Europea (aquí), a la vez que se garantiza el acceso de los operadores del mercado secundario (incluyendo talleres) a los datos generados por los vehículos necesarios para su reparación y mantenimiento.

La prórroga del Reglamento, que originalmente expiraba el 31 de mayo de 2023, se realiza para permitir elaborar una respuesta oportuna a los previsibles cambios del mercado, como los relacionados con la digitalización, electrificación y nuevos patrones de movilidad de los vehículos. Adicionalmente, las directrices actualizadas establecen que los proveedores de vehículos deben aplicar el principio de proporcionalidad cuando consideren retener datos generados por los vehículos debido a preocupaciones de ciberseguridad. Se pone de manifiesto cómo tales datos pueden ser un insumo esencial para la prestación de servicios de reparación y mantenimiento, por lo que, para cumplir con el artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), los reparadores autorizados e independientes deben tener acceso a dichos datos en igualdad de condiciones. Se advierte, por otro lado, que el artículo 102 del TFEU podría ser aplicable si un proveedor retiene unilateralmente un insumo esencial, como los datos generados por los vehículos, a los operadores independientes.